Institución autónoma de derecho público interno sin fines de lucro, reconocida por Ley Nº 28948 del 28 de diciembre de 2006.

Tiene como propósito coordinar la actuación de las primeras autoridades de los Colegios Profesionales sirviendo -de acuerdo a Ley- como Órgano Consultivo del Estado.
Ejerce la representación de los Decanos Nacionales de los Colegios Profesionales, en el ámbito nacional e internacional, en aspectos de interés común.
Respeta la autonomía y ámbito de cada colegio profesional del territorio del Perú.

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